El DeCA ya es obligatorio. Emítelo en digital

Sanciones del DeCA: cuánto es la multa, quién la paga y cómo evitarla

Por Ángel Ruiz Martínezoctubre 7, 2026Legislación y Normativas7 min de lectura
Tabla de contenido
  1. ¿Cuánto es la multa por no llevar el DeCA?
  2. Qué conductas se sancionan
  3. ¿Pueden inmovilizarte el camión?
  4. Quién paga la multa: cargador, transportista o los dos
  5. Qué hacer si te multan por el DeCA
  6. Cómo evitar la sanción: checklist antes de cada viaje
  7. Preguntas frecuentes sobre las sanciones del DeCA
  8. ¿Qué pasa si no llevo el DeCA?
  9. ¿Por qué algunas webs hablan de multas de 6.000 euros?
  10. ¿Hay descuento por pagar la multa pronto?
  11. ¿Quién controla el DeCA en carretera?
  12. Fuentes oficiales

Por Ángel Ruiz Martínez · · Fuentes: LOTT, Resolución de 5 de junio de 2026 y Ministerio de Transportes

Ángel Ruiz Martínez, Director en KaleidoTrans

Escrito por

Ángel Ruiz Martínez

Director en KaleidoTrans · Dirección en IPSPlus42 y Servicios Integrales Thader

El agente pide el documento de control y el conductor no lo encuentra en el móvil. Desde el 5 de octubre de 2026, ese momento tiene precio.

Las sanciones del DeCA, el documento electrónico de control administrativo, están claras en la ley: no llevarlo, o llevarlo sin los datos esenciales, es una infracción grave del artículo 141.17 de la LOTT y se sanciona con una multa de 401 a 600 euros (artículo 143.1.d). Pueden responder el cargador y el transportista. Y no hay periodo de gracia: el Ministerio de Transportes ha confirmado que no está prevista ninguna fase sin sanción.

Si has buscado esto antes, habrás visto que las cifras no cuadran: unas webs hablan de 600 euros y otras de 6.000. Aquí tienes cada dato con el artículo que lo respalda.

¿Cuánto es la multa por no llevar el DeCA?

Qué pasaTipo de infracciónMulta
No llevar el DeCA, no cumplimentarlo o que le falten datos esencialesGraveart. 141.17 LOTT401 a 600 €art. 143.1.d
Falsear el documento de controlMuy graveart. 140.9 LOTT4.001 a 6.000 €art. 143.1.i

El artículo 141.17 de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres tipifica como grave la carencia, falta de diligenciado o falta de datos esenciales de la documentación de control, estadística o contable cuya cumplimentación resulte obligatoria. En la práctica: no hay DeCA, o lo hay y le falta algo que importa. Si quieres situar esta norma, te explicamos qué regula la LOTT y en qué se diferencia del ROTT.

Los 6.000 euros que aparecen en algunas webs corresponden a otra conducta: falsear el documento. El falseamiento de documentos de control está tipificado como muy grave en el artículo 140.9, que castiga el falseamiento de cualesquiera documentos contables, estadísticos o de control que la empresa se encuentre obligada a llevar. Olvidarte el DeCA y falsearlo no se pagan igual.

Qué conductas se sancionan

No hace falta ir sin nada para recibir la multa. Estas son las situaciones que te ponen en riesgo:

  • No hay DeCA. Nadie lo generó antes de que el camión saliera.
  • Faltan datos esenciales. Un DeCA incompleto se trata como el caso anterior. Repasa campo a campo qué datos debe incluir el DeCA.
  • El documento no es válido. La Resolución de 5 de junio de 2026 exige que el PDF se genere de forma nativa a partir de datos estructurados: No serán válidos, por tanto, los ficheros electrónicos obtenidos a partir del escaneo de un documento existente en papel. Una foto tampoco es un fichero nativo, y las anotaciones a mano sobre una copia impresa no se tendrán en cuenta.
  • Se generó tarde. El documento tiene que existir siempre antes del inicio efectivo del servicio, y la aplicación registra la fecha y hora de creación.
  • No se conservó. Cargador y transportista deben guardar los ficheros durante al menos un año.

Si en ruta cambia algún dato, el DeCA se puede modificar sin perder la validez. Te explicamos los dos métodos en cómo corregir el DeCA si cambias de camión.

¿Pueden inmovilizarte el camión?

Por no llevar el DeCA, no de forma automática. El artículo 143.4.a de la LOTT obliga a inmovilizar el vehículo en una lista cerrada de infracciones, y el 141.17 no está en ella.

La ley deja otra vía abierta (art. 143.4.c): inmovilizar cuando concurran circunstancias que puedan entrañar peligro para la seguridad. Fuera de esos casos, el camión sigue su ruta y lo que te llevas es la denuncia. El expediente continúa después.

Quién paga la multa: cargador, transportista o los dos

La Orden FOM/2861/2012 obliga a formalizar el documento al cargador contractual y al transportista efectivo. El Ministerio lo resume así en su FAQ oficial: ambos son responsables de que el documento se lleve a bordo,

«salvo que el cargador contractual pruebe que el documento fue emitido, en cuyo caso este quedará eximido de responsabilidad».

Ministerio de Transportes · FAQ oficial del DeCA

Ante una multa, eso se traduce en:

  • Los dosSi el DeCA no se emitióLa sanción puede alcanzar a los dos.
  • Cargador fueraSi se emitió pero el conductor no lo llevaEl cargador queda fuera si puede demostrar que lo generó. La fecha y hora de creación que registra la aplicación te sirve como prueba.
  • Respondes túSi subcontratas el transportePasas a ser el cargador contractual y respondes como tal.

¿Por qué la denuncia acaba en la empresa si quien está en el control es el conductor? Porque en las inspecciones en carretera el conductor tendrá la consideración de representante de la empresa en relación con la documentación que existe obligación de llevar a bordo del vehículo (art. 33.3 LOTT).

Quién responde de cada dato y qué hacer si tu cliente cargador no emite el DeCA lo tienes en nuestra guía del documento de control administrativo.

Qué hacer si te multan por el DeCA

El artículo 146 de la LOTT ofrece una salida rápida y un aviso:

  • Pagar con descuento. Si pagas en los 30 días siguientes a la notificación, la sanción propuesta se reduce un 30%.
  • El aviso. Pagar antes de la resolución implica aceptar los hechos y renunciar a presentar alegaciones. Aun así, conservas el derecho a los mismos recursos que tendrías si el procedimiento terminara de forma ordinaria.
  • El plazo de la Administración. Tiene un año como máximo para notificarte la resolución.

Antes de pagar, revisa si la denuncia encaja. Si eres el cargador y puedes demostrar que el DeCA se emitió, tienes argumentos. Para decidir cómo recurrir, consulta con tu asesor o con tu asociación.

Cómo evitar la sanción: checklist antes de cada viaje

  • El DeCA está generado antes de que arranque el camión.
  • Es un PDF nativo, con código QR y URL de descarga directa.
  • Lleva todos los datos esenciales, los del cargador y los del transportista.
  • El conductor sabe enseñarlo desde el móvil o lo lleva impreso con el QR.
  • Está pactado por escrito quién lo genera, sobre todo si subcontratas.
  • Se conserva al menos un año.

Si el DeCA se hace aparte y a última hora, es fácil caer en varios de estos fallos. Cuando sale de los datos del viaje que ya planificas, no se reescribe nada y queda guardado con su fecha de creación. Así funciona Kaleido DeCA: lo generas desde tu tráfico, llega al conductor y se conserva un año. Si quieres verlo con tus viajes, pide una demo.


Preguntas frecuentes sobre las sanciones del DeCA

¿Qué pasa si no llevo el DeCA?

Te expones a una denuncia por infracción grave del artículo 141.17 de la LOTT, con multa de 401 a 600 euros. Pueden responder el cargador y el transportista, y no hay periodo de gracia desde el 5 de octubre de 2026.

¿Por qué algunas webs hablan de multas de 6.000 euros?

Porque mezclan dos infracciones. Falsear el documento de control es muy grave (art. 140.9) y se sanciona con 4.001 a 6.000 euros. No llevarlo o que le falten datos es grave: de 401 a 600 euros.

¿Hay descuento por pagar la multa pronto?

Sí, un 30% si pagas en los 30 días siguientes a la notificación. A cambio, aceptas los hechos y renuncias a presentar alegaciones.

¿Quién controla el DeCA en carretera?

Los servicios de inspección del transporte terrestre y, en los territorios donde tiene atribuida la vigilancia del transporte, la Guardia Civil (art. 32 de la LOTT). En el control, el conductor actúa como representante de la empresa en lo que respecta a la documentación de a bordo (art. 33.3).

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Fuentes oficiales

Este artículo resume la normativa vigente a 7 de octubre de 2026 y no sustituye al asesoramiento jurídico.

Ángel Ruiz Martínez

Escrito por

Ángel Ruiz Martínez

Director en KaleidoTrans · Dirección en IPSPlus42 y Servicios Integrales Thader

Más de 25 años dirigiendo empresas de servicios para el transporte. En KaleidoTrans coordina el proyecto y acompaña a transportistas y operadores logísticos en su digitalización, para que ganen control sobre su operativa sin frenar el día a día.

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